jacavas escribió:
Por otro lado, ¿la Confederación Hidrográfica del Segura puede poner multas?
Efectivamente.
Las Confederaciones Hidrográficas disponen de Vigilantes de Cuenca, llamados coloquialmente “guardarríos” o similar, según el lugar o Cuenca de procedencia.
Estos son Agentes fluviales con la debida preparación y, de la misma manera que revisan todo lo relacionado a los cauces, tienen potestad sancionadora en ellos y en su Zona de Policía.
Aparte, cualquier Agente de la Autoridad, en el ejercicio de sus funciones, posee la misma potestad sancionadora, siempre y cuando controle la normativa y sepa aplicarla.
Normalmente, se suelen encargar de la vigilancia los referidos Vigilantes de Confederación y las patrullas del SEPRONA.
Se controlan mayormente los vertidos, extracciones de agua no autorizadas, residuos, capturas excepcionales de fringílidos, invasiones no autorizadas del cauce y explotaciones de áridos, entre otras funciones.
Debemos tener claro, que para la normativa de Aguas, posee el mismo factor de protección una rambla seca, que otro río caudaloso. Además, tener en cuenta que está prohibida la circulación por el cauce siempre, lleve o no lleve agua.
Ciertamente, aquí en el sureste y sur, se suele permitir la circulación e invasión de los cauces (ramblas), ya que el único acceso a algunos cortijos es la rambla…
Pero la normativa ahí está.
Mi opinión: no haciendo el bestia, ni saliendo fuera de las trazadas… no suele haber problemas.
Saludos y buenas trazadas.-